Funciones. La Comisión Intersectorial para la Atención Integral al Veterano creada mediante el artículo 26 de la Ley 1979 de 2019, es el órgano de consulta, diseño, deliberación, coordinación, orientación que tendrá las siguientes funciones
Hacer seguimiento al cumplimiento de las estrategias, acciones, mecanismos, medidas sociales y de política pública en favor de los Veteranos.
Coordinar e impulsar las estrategias, acciones, mecanismos, medidas sociales y de política pública en favor de los Veteranos.
Diseñar los distintos arreglos institucionales, políticas públicas y programas sociales dirigidos a los beneficiarios del artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
Diseñar la ruta de atención para los beneficiarios del artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
Presentar un informe público anual de la implementación de los arreglos institucionales, políticas públicas y programas sociales en favor de los beneficiarios estipulados en el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019
Evaluar por lo menos cada dos (2) años los distintos arreglos institucionales, políticas públicas y programas sociales dirigidos a los beneficiarios del artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
Activar canales de consulta entre las diferentes entidades públicas nacionales y territoriales y el Consejo de Veteranos.
Autorizar la creación de mesas de trabajo para atender temas específicos, para lo cual se podrá invitar expertos en la materia.
Expedir su propio reglamento.
Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto y que sean acordes con su naturaleza.