Los Oficiales, que en el transcurso de la carrera hayan obtenido el primer puesto en los cursos de estudios y exámenes reglamentarios de las escuelas, desde la Militar de Cadetes hasta la Superior de Guerra, serán tenidos en cuenta por el Gobierno, de manera especial para el ascenso a General.
Artículo 28
Los Oficiales, Que En El Transcurso De La Carrera Hayan Obtenido El Primer Puesto En Los Cursos De Estudios Y Exámenes Reglamentarios De Las Escuelas, Desde La Militar De Cadetes Hasta La Superior De Guerra, Serán Tenidos En Cuenta Por El Gobierno, De Manera Especial Para El Ascenso A General
Decreto 2402 de 1944 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales del ejército, se señalan prestaciones sociales para los empleados civiles del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones sobre prestaciones sociales a los individuos de tropa
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.