Si el introductor de un cargamento no fuere hallado dentro de los ocho días de que trata el artículo 84, se fijará el ajustamiento en la puerta de la Aduana por el término de seis días para los efectos del mismo artículo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.