Micelio

Artículo 2.4.3.9.3.9

Proceso Para La Gestión, Emisión Y Seguimiento De La Alerta Local A Riesgos Inminentes

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Proceso para la gestión, emisión y seguimiento de la alerta local a riesgos inminentes. Para la gestión, emisión y seguimiento de la alerta local a riesgos inminentes los Comités Territoriales de Prevención o la instancia definida para tal fin bajo la dirección del respectivo Gobernador o Alcalde, desarrollará las siguientes actividades:

1.

Identificar la situación de riesgo grave e inminente, analizando las dinámicas de violencia, los sectores poblacionales en riesgo y las capacidades del sistema institucional de garantías.

2.

Requerir de forma perentoria a los organismos de seguridad del Estado, el aporte de información pertinente y relevante para analizar la situación de riesgo.

3.

Analizar la información disponible para establecer si la situación de riesgo en estudio, cumple con los criterios para la emisión de una alerta local a riesgos inminentes.

4.

Identificar las medidas más oportunas, idóneas y eficaces para conjurar o mitigar la situación de riesgo.

5.

Requerir a las entidades competentes para que implementen de forma oportuna las medidas identificadas.

6.

Requerir a las entidades responsables de implementar la respuesta preventiva del Estado, para que en un plazo no superior a 15 días, informen sobre la implementación de la medida respectiva y sus efectos con el fin de contrarrestar o mitigar el riesgo anunciado.

7.

Solicitar a los órganos de control, la intervención en el requerimiento de las entidades responsables en la implementación de las medidas preventivas y correctivas.

Parágrafo

La Comisión Intersectorial de Alertas Tempranas y la Unidad Nacional de Protección apoyarán la implementación de las medidas tendientes a conjurar los riesgos identificados en la instancia de articulación territorial en desarrollo de los principios de complementariedad o subsidiaridad.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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