Micelio

Artículo 5

Decreto 9 de 1879 · Sobre emisión de Pagarés del Tesoro nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5. ° Las propuestas se dirijirán a la Junta, por conducto del Tesorero, hasta el momento de principiarse la licitacion, en pliego cerrado i acompañándose a cada propuesta los documentos del crédito a que ella se refiere, i espresándose con toda claridad la suma que se consigna en "Pagarés" i la de dinero que se pretende recibir por ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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