Obligaciones de la fuerza de ventas. La sociedad administradora de fondos de inversión colectiva o el distribuidor especializado, según corresponda, deberá asegurarse de que los sujetos promotores cumplan las siguientes obligaciones
Identificarse como sujeto promotor de la respectiva sociedad administradora de fondos de inversión colectiva o del distribuidor especializado.
Entregar y presentar a los potenciales inversionistas toda la información necesaria y suficiente, proporcionada por la sociedad administradora o por el distribuidor especializado, para conocer las características y los riesgos de los fondos de inversión colectiva promovidos y tomar la decisión de inversión o de no inversión en los mismos.
No hacer afirmaciones que puedan conducir a apreciaciones falsas, engañosas o inexactas sobre el fondo de inversión, su objetivo de inversión, el riesgo asociado, gastos, o cualquier otro aspecto.
Verificar que el inversionista conozca, entienda y acepte el reglamento y el prospecto del fondo de inversión colectiva.
Remitir las órdenes de constitución de participaciones a la sociedad administradora, de forma diligente y oportuna.
Las demás que sean connaturales al desarrollo profesional de la actividad de distribución de fondos de inversión colectiva.