Micelio

Artículo 3

Ley 5 de 1939 · por la cual se dictan varias disposiciones para combatir la epidemia de bartonellosis en el Departamento de Nariño, y se ordena la construcción de varias obras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a fundar en Pasto una escuela de enfermería de cuya organización se podrá encargar el Colegio Médico de Nariño, quién suministrará el profesorado gratuitamente. El número de estudiantes no será menor de veinticinco (25) y las becas se distribuirán de preferencia entre aspirantes pertenecientes a las regiones afectadas.

Parágrafo

Las enfermeras y enfermeros así preparados desempeñas los oficios hospitalarios y además los siguientes:

a). Labor educativa mediante visitas domiciliarias;

b). Vigilancia permanente sobre la higiene individual, familiar y social;

c). Vacunación antivariolosa y antitífica;

d). Deberán dictar clase de higiene en las escuelas rurales y urbanas de las regiones donde trabajan.

PARAGARAFO . Cada becado tendrá una pensión mensual de veinte ($20.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 5 de 1939