son funciones del grupo de registro e información: a) recibir y radicar los documentos y muestras de los productos de que se habla en el artículo 2° del presente decreto que soliciten licencia de importación, producción y expendio o por cualquier otro concepto sean enviados a la subdirección. b) llevar los archivos de licencias de productos y registros de laboratorio depósito y farmacias. c) recibir las solicitudes de registro de laboratorio, depósitos y farmacias. d) entregar a los interesados debidamente diligenciados los registros de laboratorio, depósito, farmacia y demás establecimientos que la requieran. e) entregar a los interesados debidamente diligenciadas, las licencias de que trata el ordinal a) de este artículo. f) llevar las estadísticas de los trabajos efectuados por la subdirección y comunicarlas al departamento administrativo nacional de estadística. g) dar informes sobre los requisitos que deben observarse para el licenciamiento de los productos a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, y sobre las funciones a cargo de la subdivisión, así como informar, a los interesados sobre el curso o estado de sus solicitudes.
Decreto 2380 de 1960 →Vigente
Artículo 11
Son Funciones Del Grupo De Registro E Información: A) Recibir Y Radicar Los Documentos Y Muestras De Los Productos De Que Se Habla En El Artículo 2° Del Presente Decreto Que Soliciten Licencia De Importación, Producción Y Expendio O Por Cualquier Otro Concepto Sean Enviados A La Subdirección
Decreto 2380 de 1960 · Por el cual organiza la Subdivisión de Drogas, Alimentos y Cosméticos, dependiente del Instituto Nacional de Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.