Micelio

Artículo 8

Corresponde A La Oficina De Sistemas De Información: 1

Decreto 1904 de 2009 · por medio del cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -Colciencias- y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corresponde a la Oficina de Sistemas de Información

1.

Emitir conceptos técnicos relacionados con los proyectos de tecnología informática requeridos por las Direcciones Técnicas y actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación que lo soliciten.

2.

Elaborar el Plan Estratégico de Informática del Departamento de acuerdo con los objetivos del Gobierno e institucionales y realizar el seguimiento, evaluación y control de la ejecución del mismo, así como de los planes y proyectos informáticos específicos del Departamento.

3.

Definir y divulgar las políticas y estrategias en materia de tecnología informática, requeridas para apoyar la misión del Departamento y elaborar, en coordinación con la Dirección de Gestión de Recursos y Logística, el plan de formación de cultura informática para los funcionarios.

4.

Asesorar en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones a las áreas del Departamento y recomendar soluciones tecnológicas que incrementen la eficiencia y eficacia de los procesos.

5.

Investigar, evaluar y proponer nuevas soluciones informáticas que contribuyan al mejoramiento de la gestión del Departamento.

6.

Definir, reglamentar y controlar las normas, métodos y estándares de tecnología informática y de comunicaciones para el Departamento y establecer la plataforma tecnológica del Departamento.

7.

Definir y aprobar los requerimientos y especificaciones técnicas para la adquisición e instalación de tecnologías de informática y de comunicaciones, de acuerdo a los estándares establecidos para el Departamento, que sean requeridos por las dependencias y sus proyectos.

8.

Definir, reglamentar y controlar las normas, métodos y estándares relacionados con la construcción, utilización, mantenimiento y administración de los sistemas de información y definir la arquitectura y las especificaciones técnicas para la recepción de la información.

9.

Identificar los riesgos en materia de tecnologías de informática y comunicaciones y presentar el plan de manejo de riesgos para su aprobación.

10.

Prestar asistencia técnica a las dependencias del Departamento en los servicios de tecnología de informática y comunicaciones.

11.

Garantizar la disponibilidad, seguridad, integridad y respaldo de la información que el Departamento utiliza y procesa para su funcionamiento y toma de decisiones.

12.

Presentar al Director las iniciativas de proyectos de inversión que considere convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los temas de su competencia.

13.

Diseñar y proponer, en coordinación con la Dirección de Gestión de Recursos y Logística, el plan de capacitación en informática para los funcionarios del Departamento.

14.

Implantar un Sistema Nacional de Información de Ciencia, Tecnología e Innovación que permita la recolección, clasificación, análisis y publicación de la información que se genera en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y la realización de actividades de monitoreo, control y toma de decisiones.

15.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. SUBDIRECCION GENERAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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