ARTÍCULO TERCERO. En un término máximo de 45 días, el Instituto de Salud de las Fuerzas Militares vinculará a su planta los empleados públicos de la planta del Ministerio de Defensa Nacional al servicio de la Secretaría General, Comando General, Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Hasta tanto no se vinculen a la nueva planta del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, estos empleados continuarán percibiendo su remuneración mensual del Ministerio de Defensa Nacional.
Decreto 181 de 1996 →Vigente
Artículo 3
Decreto 181 de 1996 · Por el cual se aprueba el Acuerdo no. 12 del 29 de junio de 1995 de la Junta Directiva del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares por el cual se adopta la Planta Global de Personal del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.