El diez por ciento (10%) de las casas que construya la Corporación Nacional de Servicios Públicos, deberán ser adjudicadas entre las personas que hayan presentado la respectiva solicitud, y que llenando los requisitos exigidos por los reglamentos de la entidad, estén sirviendo en la educación en cargos técnicos, docentes o administrativos.
Decreto 2364 de 1956 →Vigente
Artículo 7
El Director Del Instituto Colombiano De Especialización Técnica En El Exterior, Con La Aprobación De La Junta, Podrá Ejercer Las Funciones Señaladas En El Artículo Séptimo Del Decreto 2586 De 1950
Decreto 2364 de 1956 · Por el cual se prescriben normas relativas a la educación y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.