Los proyectos de inversión financiados con recursos de la Asignación para la Paz, así como aquellos mencionados en el parágrafo 4° del artículo 1° del Acto Legislativo número 04 de 2017, serán priorizados y aprobados por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz (OCAD PAZ); aplicando los criterios de priorización adoptados por dicho órgano colegiado.
El OCAD Paz podrá ajustar la metodología aprobada para priorizar proyectos de inversión, y realizar una distribución equitativa, propuesta metodológica que será presentada por el Departamento Nacional de Planeación y la Agencia de Renovación del Territorio ante esta instancia, en caso de requerirse.