Micelio

Artículo 89

Ley 9 de 1983 · Por la cual se expiden normas fiscales relacionadas con los impuestos de renta y complementarios, aduanas, ventas y timbre nacional, se fijan unas tarifas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Unicamente los Jefes de las Divisiones de Auditoría de las Administraciones de Impuestos Nacionales, quienes hagan sus veces o sus delegados, serán competentes para practicar requerimientos especiales. Unicamente los Jefes de las Divisiones de Liquidación, quienes hagan sus veces, o sus delegados, serán competentes para ampliar el requerimiento especial, practicar liquidaciones de corrección aritmética, revisión o aforo y aplicar las sanciones que se deriven de tales actos, incluida la sanción por libros, u ordenar el archivo de las diligencias pertinentes.

Parágrafo

Los delegados a que hace referencia el presente artículo serán profesionales calificados en las correspondientes áreas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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