Micelio

Artículo 17

Aportes Del Gobierno Nacional Al Fodesep

Decreto 2905 de 1994 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Desarrollo de la Educación Superior, Fodosep, creado por la Ley 30 de 1992

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aportes del Gobierno Nacional al Fodesep. De conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 30 de 1992, el Gobierno Nacional aportará al patrimonio del Fodesep las sumas que anualmente le asigne en el Presupuesto Nacional.

Parágrafo

Durante los primeros tres años de inicio de operaciones del Fodesep, de los recursos del presupuesto nacional asignados se destinara un ochenta por ciento para hacer aportes a dicho fondo, y el restante veinte por ciento para gastos de organización, promoción e instalación del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2905 de 1994