Micelio

Artículo 68

Las Entidades Semioficiales O Privadas Dedicadas A La Protección Del Niño Deberán Seguir Las Orientaciones Generales Señaladas Por El Concejo Nacional De Defensa Y Rehabilitación Del Menor Y Aprobada Por El Gobierno

Decreto 1716 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Justicia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 68 Las entidades semioficiales o privadas dedicadas a la protección del niño deberán seguir las orientaciones generales señaladas por el concejo nacional de defensa y rehabilitación del menor y aprobada por el gobierno. CAPITULO XVII Del Concejo Nacional de Defensa y Rehabilitación del Preso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1716 de 1960