º . Prórroga de la vigencia de los subsidios. Los subsidios cuyo vencimiento opere el día 31 de diciembre de 2002 y que a la fecha de expedición de este decreto se encuentren vigentes en virtud de la firma de la promesa de compraventa o contrato de construcción en los casos de construcción en sitio propio o de mejoramiento, tendrán una prórroga adicional de seis (6) meses.
Decreto 3227 de 2002 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3227 de 2002 · por el cual se amplía la vigencia de unos subsidios familiares de vivienda de interés social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.