Son funciones de la División de Extranjería:
a) Controlar la entrada, permanecia y salida de extranjeros y vigilar el cumplimiento de las normas vigentes sobre la materia.
b) Conjuntamente con las Divisiones de Polcía Judicial y de Orden Público, efectuar la captura de delincuentes extranjeros en el territorio nacional y ponerlos a disposición de las autoridades competentes.
c) Autorizar los cambios de profesión y de domicilio y registrar las modificaciones en el estado civil y demás novedades de los extranjeros.
d) Efectuar las reseñas, identificación y censo de los extranjeros en el país.
e) Autorizar la expedición de cédulas de extranjería, certificados judiciales y demás documentos que requieran los extranjeros para permanecer en el país o salir de él.
f) Estudiar lis solicitudes de residencia indefinida de extranjeros, y expedir las correspondientes cédulas.
g) Dictar las resoluciones de expulsión, sanciones y multas por contravención de las disposiciones legales sobre extranjeros, y vigilar su ejecución.
h) Hacer cumplir las disposiciones judiciales o administrativas que impiden la salida de colombianos fuera del territorio nacional.
i) Vigilar el cumplimiento de las disposiciones vigentes para la salida de colombianos fuera del territorio nacional y su regreso al país.