Micelio

Artículo 7

El Valor De Cada Licencia Expedida Por El Ministerio De Comunicaciones Tendrá, Por Una Sola Vez, Una Cuantía Equivalente Al Diez Por Ciento Del Salario Mínimo Legal Mensual, Vigente A La Fecha De La Solicitud

Decreto 1029 de 1993 · por el cual se reglamenta un Servicio Auxiliar de Ayuda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El valor de cada licencia expedida por el Ministerio de Comunicaciones tendrá, por una sola vez, una cuantía equivalente al diez por ciento del salario mínimo legal mensual, vigente a la fecha de la solicitud. Cada municipio, dentro de un trámite expedito y con el cobro de mínimos derechos pecuniarios, otorgará las autorizaciones a los operarios de la red comunitaria de telecomunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1029 de 1993