o. La Primera Categoría es extraordinaria y se otorgará solamente en casos y por merecimientos verdaderamente excepcionales. La segunda categoría se otorgará por servicios eminentes a la causa de la educación o por actos muy distinguidos de abnegación y eficacia en el ejercicio del magisterio. La Tercera categoría se otorgará a los profesores y maestros que hayan ejercido cargos en la educación nacional durante veinte años consecutivos con competencia, consagración y conducta ejemplares.
Decreto 3436 de 1948 →Vigente
Artículo 3
O
Decreto 3436 de 1948 · Por el cual se crea la medalla cívica “ Camilo Torres” como homenaje de la República a los educadores más meritorios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.