ARTICULO 86. FUNCIONES DE LA JUNTA DE LICITACIONES DEL MINISTERIO DE COMUNICACIONES EN RELACION CON LA ADJUDICACION DE LA CONCESION DEL SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR. La Junta de Licitaciones en cumplimiento de sus funciones conceptuará al Ministro de Comunicaciones acerca de los criterios y forma de evaluación de las propuestas que reúnan los requisitos exigidos por este Decreto. La Junta de Licitaciones estará presente en la totalidad de la audiencia pública de adjudicación y presentará sus recomendaciones en la oportunidad establecida en el presente Decreto, la cual no es vinculante para la decisión definitiva que adopte el Ministro de Comunicaciones.
Decreto 741 de 1993 →Vigente
Artículo 86
Funciones De La Junta De Licitaciones Del Ministerio De Comunicaciones En Relacion Con La Adjudicacion De La Concesion Del Servicio De Telefonia Movil Celular
Decreto 741 de 1993 · por el cual se reglamenta la telefonía móvil celular.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.