ARTICULO 22. De los Empleos del Nivel Técnico. Serán requisitos mínimos para el desempeño de los empleos del nivel técnico, los siguientes: Grados Requisito Mínimo 01 a 03 Aprobación de cuatro (4) años de educación secundaria. 04 y 05 Diploma de bachiller. 06 a 08 Aprobación de un (1) año de educación superior y un (1) año de experiencia. 09 a 11 Aprobación de dos (2) años de educación superior y un (1) año de experiencia. 12 a 14 Título de formación técnica profesional y un (1) año de experiencia; ó terminación y aprobación de formación tecnológica; ó terminación y aprobación de tres (3)años de formación universitaria o profesional. 15 en adelante Título de formación técnica profesional y dos (2) años de experiencia; ó título de formación tecnológica; o aprobación de cuatro (4) años de formación universitaria o profesional.
En este nivel sólo podrán compensarse hasta dos (2) de los años de estudio exigidos para el correspondiente grado salarial. Y en todo caso, los estudios que se exijan deberán referirse a una misma disciplina académica.