Micelio

Artículo 123

Inembargabilidad Y Prescripción

Decreto 613 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inembargabilidad y prescripción. Las asignaciones de retiro, pensiones y demás prestaciones sociales a que se refiere este Decreto, no son embargables judicialmente, salvo en las casos de juicios de alimentos, conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia, y de obligaciones con el Ramo de Defensa, en los que el monto del embargo no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) de aquéllas. El derecho a reclamar las prestaciones sociales consagradas en este estatuto prescribe a los cuatro (4) años, que se cuentan desde la fecha en que la respectiva prestación se hace exigible. El reclamo escrito recibido por autoridad competente sobre un derecho o prestación determinada interrumpe la prescripción, pero solo por un lapso igual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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