Micelio

Artículo 54

En El Auto De Que Trata El Artículo 51 De Este Decreto, Se Dispone El Avalúo De La Indemnización Y En El Acto De La Notificación O Dentro Del Los Tres Días Siguientes, La Parte Demandada Nombrará Su Perito

Decreto 1112 de 1952 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre el estudio, construcción y reembolso de obras de irrigación, desecación y similares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el auto de que trata el artículo 51 de este decreto, se dispone el avalúo de la indemnización y en el acto de la notificación o dentro del los tres días siguientes, la parte demandada nombrará su perito. Si son varios los demandados y no se acordaren en la designación de un mismo perito, el Juez hará el nombramiento el día siguiente de vencerse el término señalado en el presente artículo y de igual modo procederá si uno o varios de los demandados eligieren perito y otro u otros se abstuvieren de hacerlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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