°. Se establece el Departamento de tierras baldías y bosques nacionales en la Sección 5ª del Ministerio de Obras Públicas. Las atribuciones de este Departamento son
Llevar un libro especial en que se registren todas las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que se refieran a la administración, gobierno, límites y explotación de terrenos baldíos;
Llevar un libro especial en que se registren las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que se refieran a la administración, gobierno, límites y explotación de bosques nacionales;
Refundir en un solo cuerpo de Ley todas las leyes parciales que estén vigentes sobre el ramo de baldíos y bosques y en uno solo todos los decretos reglamentarios, y presentar estos trabajos al Gobierno para que se someta el primero de ellos a la aprobación de del Cuerpo Legislativo.
Registrar en uno o más libros separados las ventas, donaciones, concesiones, reservas, contratos y demás actos públicos relativos a baldíos y bosques,
Proponer al Gobierno los proyectos convenientes para la explotación de los territorios que se consideren aptos para cultivos agrícolas especiales para o para la colonización y proponer los medios de estudios, en sus accidentes físicos, condiciones de cultivos y demás ventajas que ofrezcan;
Exigir de los Consejos Municipales, por conducto del Gobernador respectivo, una relación pormenorizada de los terrenos baldíos, de los bosques, que existan en el respectivo Municipio y formar con estas relaciones el catastro de los terrenos baldíos y de los bosques nacionales;
Informar anualmente al Gobierno sobre las ventajas e inconvenientes que ofrezca la adjudicación de baldíos, venta de tierras, apertura de caminos y en general sobre todo el proyecto de propuesta que se relacione con el fomento de los terrenos baldíos, fundación de colonias agrícolas presentando a la vez una memoria circunstanciada sobre el movimiento de los terrenos baldíos y de los bosques nacionales;
Proporcionar a las comisiones y agentes de inmigración y a cuantos lo soliciten los datos y conocimientos necesarios sobre la situación, producto, precio y demás condiciones de los terrenos y bosques de que puede disponer la Nación;
Vigilar el cumplimiento de todos los contratos y compromisos que se relacionen con los terrenos baldíos, baldíos, bosques y colonias agrícolas;
Formar al fin de cada año un protocolo con todos los expedientes relativos a adjudicaciones de baldíos y bosques hechas a cualquier título durante el año.