Micelio

Artículo 8

Elementos Para La Asignación Aleatoria

Decreto 1225 de 2024 · por el cual se reglamenta el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual y la selección de estas por parte de los afiliados, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Elementos para la asignación aleatoria . Para la asignación aleatoria de los afiliados que no ejerzan su derecho a seleccionar una entidad administradora del componente complementario de ahorro individual de que trata el

Parágrafo transitorio

del artículo 12 de la Ley 2381 de 2024, se deberán tener en cuenta los siguientes elementos: 1. Que el afiliado no haya seleccionado una entidad administradora del componente complementario de ahorro individual. Por tratarse de un mecanismo de asignación aleatoria, ningún afiliado sujeto al mecanismo de asignación definido en el presente capítulo está asignado por defecto a una entidad administra- dora particular, por lo que puede ser asignado a cualquiera de las administradoras autorizadas a participar en el mecanismo. 2.Que la ACCAI cuente con autorización de la Superintendencia Financiera . Podrán participar en el mecanismo de asignación aleatoria de que trata el presente capítulo aquellas administradoras del componente complementario de ahorro individual que cuenten con la autorización por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia y previo cumplimiento de requisitos señalados por el Gobierno nacional. 3. Que se establezca un algoritmo. La asignación aleatoria de los afiliados de que trata el presente capítulo . en una de las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual autorizadas a participar en el mecanismo dependerá de los resultados que se obtienen al ejecutar un algoritmo de generación de números aleatorio que garantice la aleatoriedad de los resultados y en donde los resultados posibles del algoritmo siguen una distribución uniforme. 4. Que la asignación se realice bajo condiciones de igualdad de probabilidad. La probabilidad de asignación a cada una de las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual autorizadas será la misma para todas, lo que procura una asignación aleatoria y uniforme de los afiliados de que trata el

Parágrafo transitorio

del -artículo 12 de la Ley 2381 de 2024.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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