Ley 50 de 1935 · por la cual se decreta un auxilio en favor de los Municipios de Armenia y Anserma, en el Departamento de Caldas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Abrese a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso el siguiente crédito extraordinario:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Artículo 278 B. Para pagar a los damnificados por los incendios de Armenia y Ansermaviejo cincuenta y cinco mil pesos ($ 55,000).
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.