° La recaudación de los productos de la Bodega del puerto local de Barranquilla estará a cargo del Cajero Fluvial de Barranquilla. Comuníquese y publíquese.
Decreto 3275 de 1949 →Vigente
Artículo 3
La Recaudación De Los Productos De La Bodega Del Puerto Local De Barranquilla Estará A Cargo Del Cajero Fluvial De Barranquilla
Decreto 3275 de 1949 · por el cual se crea un cargo en la Intendencia Fluvial de Barranquilla (Ministerio de Obras Públicas).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.