Art. 15. Se tendrá como presunción legal de proceder en el caso del inciso 2º artículo 9º, el hallarse en la habitación del asilado o emigrado elementos de guerra de cualquier clase, con excepción de las armas de uso para la defensa personal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.