Micelio

Artículo 1

Ley 37 de 1879 · Que concede una autorización al Poder Ejecutivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Autorízase al Poder Ejecutivo para que se arregle, como mejor lo crea conveniente a los intereses nacionales, i con el señor Agustín Yáñes ,los términos en que debe llevarse a efecto la resolución de la Secretaria de Hacienda i Fomento,de fecha 30 de enero de mil, ochocientos setenta i tres, por la que se adjudican al señor Agustín Yáñes tres mil quinientas noventa i nueve hectaras i sesenta i cinco metros cuadrados de tierras baldías en el Estado soberano de Santander.

El contrato que celebre el Poder Ejecutivo con el señor Agustín Yáñes, de acuerdo con este artículo, no estará sujeto a la aprobación del Congreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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