Planta de personal. Dentro de los seis (6) meses siguiente sala vigencia del presente Decreto, el Consejo Directivo Nacional adoptará y someterá a la aprobación del Gobierno Nacional las plantas globales de personal administrativo y docente de acuerdo con la estructura interna y funciones fijadas para la Escuela en este Decreto y en la Ley 136 de 1994 y demás normas pertinentes.
Los empleos de las plantas de personal administrativo y docente actuales continuarán con las actuales funciones hasta tanto se adopte la nueva planta de personal. CAPITULO VI. Régimen contractual