El Instituto Nacional de Fomento Tabacalero será dirigido y administrado así:
a)
a) Por la Junta Directiva, y
b)
b) Por el Gerente.
Decreto 3558 de 1954 · Por el cual se crea el Instituto de Fomento Tabacalero.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Instituto Nacional de Fomento Tabacalero será dirigido y administrado así:
a) Por la Junta Directiva, y
b) Por el Gerente.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.