Registro sanitario para varios productos . Se deberán amparar los alimentos bajo un mismo registro sanitario en los siguientes casos
Cuando se trate del mismo alimento elaborado por diferentes fabricantes, con la misma marca comercial;
Cuando se trate del mismo alimento con diferentes marcas, siempre y cuando el titular y el fabricante correspondan a una misma persona natural o jurídica; C) Los alimentos con la misma composición básica que sólo difieran en los ingredientes secundarios; d) El mismo producto alimenticio en diferentes formas físicas de presentación al consumidor.