°. Los Directores o Jefes de las Oficinas dependientes de la Presidencia de la República, como la Oficina de Planificación, la Oficina de Información y Propaganda, y la Dirección Nacional de Estadística, tendrán facultad para adquirir compromisos y celebrar contratos con cargo a las apropiaciones que se les asignen respectivamente en cada Presupuesto, con arreglo a las disposiciones fiscales vigentes sobre la materia. También podrán adquirir por conducto del Departamento Nacional de Provisiones, o con su autorización los materiales, elementos y útiles que requieran para su servicio.
Decreto 1483 de 1952 →Vigente
Artículo 1
Los Directores O Jefes De Las Oficinas Dependientes De La Presidencia De La República, Como La Oficina De Planificación, La Oficina De Información Y Propaganda, Y La Dirección Nacional De Estadística, Tendrán Facultad Para Adquirir Compromisos Y Celebrar Contratos Con Cargo A Las Apropiaciones Que Se Les Asignen Respectivamente En Cada Presupuesto, Con Arreglo A Las Disposiciones Fiscales Vigentes Sobre La Materia
Decreto 1483 de 1952 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre Presupuesto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.