º. Autorizase el Ministerio de Guerra para que en tales casos tome las medidas conducentes en el sentido de prestar la atención sanitaria que fuere indispensable, nombrando para tal fin empleados cuyas asignaciones puede fijar el mismo Ministro por el tiempo que juzgue conveniente.
Decreto 875 de 1936 →Vigente
Artículo 1
Autorizase El Ministerio De Guerra Para Que En Tales Casos Tome Las Medidas Conducentes En El Sentido De Prestar La Atención Sanitaria Que Fuere Indispensable, Nombrando Para Tal Fin Empleados Cuyas Asignaciones Puede Fijar El Mismo Ministro Por El Tiempo Que Juzgue Conveniente
Decreto 875 de 1936 · Por el cual se toman algunas medidas sanitarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.