Micelio

Artículo 5

Ley 46 de 1887 · Que adiciona y reforma la 39 de 1880, la 61 de 1886 y la 14 de 1887

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 5°. El Circuito de Villeta se compondrá de los siguientes Distritos municipales: Villeta, que será la residencia del Juzgado del Circuito, y Nocaima, Quebrada- Negra, Sasaima, Utica, Vergara y Nimaima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 46 de 1887