Gradualidad y progresividad. La gratuidad en el proceso de incorporación descrito en el artículo 2.3.1.9.1. se implementará de manera gradual y progresiva, conforme a la disponibilidad presupuestal de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Para tal efecto, el Ministerio de Defensa Nacional gestionará este recurso ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en coordinación con la Fuerza Pública diseñará herramientas, procesos y procedimientos que conlleven que se aprovechen al máximo las capacidades del Sector Defensa.
Decreto 1070 de 2015 →Vigente
Artículo 2.3.1.9.4
Gradualidad Y Progresividad
Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.