º . Determinación del valor base del bono pensional . El valor base del bono pensional de las personas referidas en el artículo anterior que de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, no sean beneficiarias del régimen de transición, se calculará con base en la siguiente fórmula: Valor base del bono = (Pensión de referencia x F1 + AF x F2) x F3 Donde: 1. Pensión de referencia (PR) = Pensión a la que tendría derecho el afiliado a los 62 años de edad si es hombre o 57 si es mujer, calculada de conformidad con la siguiente fórmula. Este valor se expresará en pesos sin decimales
Si (n + t) x 52 = 1.000 y (n + t) x 52 = 1.200 PR = SR x { 0.65 + 0.02 x [(n + t) x 52 1.000]/50}
Si (n + t) x 52 > 1.200 PR = SR x {0.73 + 0.03 x [(n + t) x 52 1.200]/50} Donde: SR = Salario de referencia calculado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del presente Decreto. Este valor se expresará en pesos sin decimales. t = Número de años y fracciones de año de cotización o de servicios a la fecha de vinculación al Instituto de Seguros Sociales. Este resultado se expresará con cuatro decimales. n = Diferencia entre la edad en años completos utilizada para el cálculo del salario de referencia del bono pensional y la edad en años cumplidos a la fecha de vinculación al Instituto de Seguros Sociales. En caso de que al 1º de abril de 1994, el beneficiario no se encontrare vinculado o prestando servicios, n será igual a la diferencia entre la edad en años completos utilizada para el cálculo del salario de referencia del bono pensional y la edad en años cumplidos a la fecha de la nueva vinculación a la fuerza laboral. La pensión de referencia no podrá ser superior al 85% del salario de referencia, ni de quince veces el salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de vinculación al ISS. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente a la misma fecha. 2.F1 = Factor de capital necesario para financiar una pensión unitaria de vejez y de sobrevivientes a la edad utilizada para el cálculo del salario de referencia del bono pensional, de acuerdo con la siguiente tabla: 3. AF Valor del Auxilio Funerario que se determina así: AF = 5 x SM si Pensión de Referencia < 5 x SM AF = Pensión de Referencia si 5 x SM Pensión de Referencia < 10 x SM AF 10 x SM si Pensión de Referencia 10 x SM SM Salario Mínimo legal mensual vigente al momento de la vinculación al ISS 4. F2 = Factor calculado para garantizar el pago del Auxilio Funerario a la edad utilizada para el cálculo del salario de referencia del bono pensional, el cual se determina de conformidad con la siguiente tabla: 5. F3 = Factor de capitalización de acuerdo al tiempo cotizado que se determina de conformidad con la siguiente fórmula, este factor se expresará con seis decimales: F3 = [(1.03)t 1]/[(1.03) n+t -1)]