Micelio

Artículo 21

Decreto 3302 de 1981 · Por el cual se aclaran los Decretos números 1820, 2688, 2689, 2692, 2694, 2695, 2700, 2703, 2704, 2705, 2706 y 2707 de 1980 sobre modificación en las plantas de personal del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el articulo 1º del Decreto 2707 de 1980 en cuanto aprobó los literales a) y b) del artículo 30 del Acuerdo número 145 de 1980. En consecuencia el texto definitivo de los precitados literales es el siguiente

a)

Suprimir los empleos que se indican a continuación: Areas y unidades fun- cionales - Nº de cargos. - Denominación Dedicación Clase Grado Dirección. Recepción Información y Registros: 1 Recepcionista Completa II 13 Atención Especializada. Especialidades Gineco-Obstétricas y Pediátricas: 3 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (6hs.) II 36 2 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (4`lis.) II 36 2 Médico Especialista (pediatría) Parcial (4 hs.) II 36 Quirófanos y Salas de Parto: 3 Médico Especialista (anestesiología) Parcial (7 hs.) II 36 Especialidades Quirúrgicas: 3 Médico Especialista (cirugía general) Parcial (6 hs.) II 36 1 Médico Especialista Parcial (4 hs.) II 36 1 Médico Especialista (urología) Parcial (6 hs.) II 36 1 Médico Especialista (oftalmología) Parcial (6 hs.) II 36 1 Médico Especialista (otorrinolaringología) Parcial (6 hs) II 36 1 Médico Especialista (otorpedia y traumatología) Parcial (6 hs.) II 36 Clínicas Médicas: 1 Médico Especialista (medicina interna) Parcial (6 hs.) II 36 Atención Básica. Cooperación Asistencial: 1 Psicólogo Parcial (4 hs.) I 27 Servicios de Apoyo. Radiodiagnóstico: 1 Médico Especialista (radiología) Completa II 36 Laboratorio Clínico: 1 Médico Especialista (patología) Parcial (6 hs.) II 36 Farmacia y Despacho de Medicamentos: 3 Auxiliar de Servicios Asistenciales Completa II 13 Técnicos Complementarios: 1 Terapista Completa II 20

b)

Crear los siguientes empleos: Dirección. 1 Capellán Parcial (4 hs.) I 23 Recepción, Información y Registros Asistenciales: 1 Recepcionista Completa I 12 Atención Especializada. Especialidades Gineco-Obstétricas y Pediátricas: 3 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (4 hs.) III 38 2 Médico Especialista (pediatría) Parcial (4 hs.) III 38 Quirófanos y Salas de Parto: 3 Médico Especialista (anestesiología) Parcial (7 hs.) III 38 Especialidades Quirúrgicas: 3 Médico Especialista (cirugía general) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico Especialista Parcial (4 hs.) III 38 1 Médico Especialista (urología) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico Especialista (oftalmología) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico Especialista (otorrinolaringología) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico Especialista (ortopedia y traumatología) Parcial (6 hs.) III 38 Clínicas Médicas: 1 Médico Especialista (medicina interna) Parcial (6 hs.) III 38 Atención Básica. Cooperación Asistencial: 1 Psicólogo (clínico) Parcial (4 hs.) I 27 1 Técnico de Servicios Asistenciales (educación en salud) Completa III 18 2 Auxiliar de Servicios Asistenciales (educación en salud) Completa III 13 Servicios de Apoyo. Radiodiagnóstico: 1 Médico Especialista (radiología) Completa III 38 Laboratorio Clínico: 1 Médico Especialista (patología) Parcial (6 hs.) III 38 Farmacia y Despacho de Medicamentos: 3 Auxiliar de Servicios Asistenciales (farmacia) Completa II 13 Técnicos Complementarios: 2 Terapista Parcial (4 hs.) II 20

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3302 de 1981