Micelio

Artículo 4

Ley 104 de 1946 · Por la cual se fomenta la instrucción complementaria y secundaria en el Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase la cantidad de veinticuatro mil pesos ($ 24.000) anuales al colegio de instrucción secundaria de varones, que con el nombre de "Nuestra Señora del Pilar", funciona en Popayán, y con la cantidad de doce mil pesos ($ 12.000) anuales al colegio de instrucción secundaria de señoritas que funciona en Bolívar, Departamento del Cauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 104 de 1946