Micelio

Artículo 16

Dirección De Integración Económica

Decreto 210 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Integración Económica . Son funciones de la Dirección de Integración Económica, las siguientes

1.

Diseñar y ejecutar la estrategia de integración regional, el seguimiento y evolución de dicho proceso y las negociaciones tendientes a su realización en la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI, la Comunidad Andina de Naciones y los demás países de América Latina y el Caribe.

2.

Adelantar las negociaciones comerciales y de integración económica, en las áreas geográficas y temas de su competencia.

3.

Efectuar seguimiento a los procesos de negociación comercial de otros países, en las áreas geográficas de su competencia, cuyos resultados puedan tener interés para Colombia.

4.

Estudiar y conceptuar sobre las medidas emanadas de los órganos de administración y dirección y demás autoridades de los diferentes acuerdos comerciales y de integración económica en que participe Colombia.

5.

Evaluar las negociaciones comerciales en curso con el fin de medir el impacto en la producción doméstica y en la oferta exportable.

6.

Coordinar con Proexport y la Dirección de Promoción y Cultura Empresarial, las misiones de empresarios al exterior.

7.

Elaborar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, los proyectos de acuerdos, convenios y otros instrumentos de carácter internacional sobre temas de su competencia.

8.

Incentivar las relaciones con los gremios de la producción y el sector privado nacional, así como con las cámaras de comercio binacionales, con el fin de fomentar el intercambio de información para identificar oportunidades comerciales y sensibilidades de la producción nacional.

9.

Participar en el desarrollo de programas y eventos encaminados a promover la mejor utilización de las preferencias otorgadas a Colombia por parte del sector exportador.

10.

Efectuar los trámites de incorporación de los acuerdos comerciales al derecho interno y de notificación, así como elaborar los informes que se deriven de los mismos.

11.

Participar en la formulación e implementación de las estrategias y programas de desarrollo fronterizo.

12.

Coordinar las actividades relacionadas con los temas de su competencia con otras entidades del Estado, cuando a ello haya lugar.

13.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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