Micelio

Artículo 3

Decreto 1193 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 48 de 1946

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero La licencia solo podrá gestionarse por el interesado; por las asociaciones de agentes vendedores, de representantes, de agentes viajeros, o de agentes técnicos de ventas; por la Federación Nacional que éstas organicen o por las Cámaras de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1193 de 1976