Micelio

Artículo 3

Ley 194 de 1959 · Por la cual la Nación contribuye a la construcción de dos obras carcelarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los municipios de Ocaña y espinal harán cesión de los lotes a respectiva entidad nacional para la construcción de tales obras, las que se ejecutarán sobre los planos aprobados por la Dirección General de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, observando los demás requisitos establecidos en la Ley 71 de 1946 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 194 de 1959