Intercambio de información. Las Cámaras de Comercio a través Confecámaras o el tercero que opere el RUES remitirá cada tres (3) meses al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la información estadística que sobre las asociaciones agropecuarias y campesinas repose en el RUES, con el fin de identificar los departamentos y municipios en donde se ejecutarán los programas especiales de apoyo a la formalización, el emprendimiento y fortalecimiento señalados en el artículo 16 de la Ley 2219 de 2022. PARTE 13 INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA) TÍTULO 1 Disposiciones Generales CAPÍTULO 1 Ámbito de Aplicación
Decreto 1071 de 2015 →Derogado
Artículo 2.12.8.6
Intercambio De Información
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.