Micelio

Artículo 5

º

Decreto 824 de 1999 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3a. de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Sistema de Información del Subsidio. El Sistema Unificado del Subsidio dispondrá de un sistema de información de oferta y demanda, cuya operación será contratada por el Inurbe con una entidad privada con amplia experiencia en el procesamiento de datos, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, y en lo pertinente, en el capítulo XVI de la Ley 489 de 1998. Este sistema incluirá

a)

El Módulo de Demanda, con los Registros Unicos de Ahorradores y de Postulantes;

b)

El Módulo de Oferta, con toda la información de los planes y conjuntos de soluciones de vivienda a las cuales los beneficiarios podrán aplicar sus subsidios, y

c)

Una base de datos con la información actualizada de la totalidad de los subsidios asignados a partir de la fecha de vigencia de este decreto, a la cual se insertarán las bases de datos del Inurbe, las Cajas de Compensación Familiar y la Caja Agraria, correspondientes a los subsidios asignados con anterioridad. La entidad operadora articulará su sistema central de procesamiento de datos con los correspondientes a las diferentes entidades que conforman el Sistema Unificado del Subsidio y las dependencias departamentales, distritales y municipales de vivienda. La Junta Directiva del Inurbe aprobará el reglamento que regirá la operación de este sistema de información, incluyendo las bases para su contratación, en el cual se determinarán, entre otros, los aspectos relacionados con las terminales para el ingreso de información, la periodicidad en las actualizaciones, los sistemas de cruce de datos con las entidades correspondientes, el procesamiento electrónico de la calificación de las postulaciones y los diferentes tipos de salidas de información.

Parágrafo

Para efectos de la consolidación de la base de datos de los subsidios asignados con anterioridad, el Inurbe, las Cajas de Compensación Familiar y la Caja Agraria entregarán sus bases de datos a la entidad operadora del sistema, en un plazo de quince (15) días a partir de la fecha de perfeccionamiento del respectivo contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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