Micelio

Artículo 28

Las Decisiones Del Consejo Académico Se Denominarán Acuerdos, Llevarán Numeración Consecutiva, Dentro De Cada Año, Y Serán Firmadas Por El Presidente Y El Secretario Del Consejo

Decreto 3146 de 1980 · Por el cual se aprueba el Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las decisiones del Consejo Académico se denominarán acuerdos, llevarán numeración consecutiva, dentro de cada año, y serán firmadas por el Presidente y el Secretario del Consejo. Las reuniones del Consejo Académico se harán constar en actas, las cuales una vez aprobadas, serán autorizadas con la firma del Presidente y del Secretario. CAPITULO III De los Vicerrectores, Secretario General, Decanos y de los Consejos de Facultad.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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