º. La etapa de prospectación, en los establecimientos comerciales, y compañías exportadoras, está comprendida entre la fecha de instalación de la empresa o establecimiento de comercio y la fecha de la primera enajenación o exportación de bienes. De todos modos esta etapa finalizará máximo el 31 de diciembre del año de la instalación. Se entiende por compañía exportadora para efectos del cumplimiento de la Ley 218 de 1995, aquélla dedicada exclusivamente a la exportación y que por lo menos un ochenta por ciento (80%) de productos exportados sean provenientes de la zona afectada por la avalancha del Río Páez.
Decreto 529 de 1996 →Vigente
Artículo 6
La Etapa De Prospectación, En Los Establecimientos Comerciales, Y Compañías Exportadoras, Está Comprendida Entre La Fecha De Instalación De La Empresa O Establecimiento De Comercio Y La Fecha De La Primera Enajenación O Exportación De Bienes
Decreto 529 de 1996 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 218 del 17 de noviembre de 1995
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.