Políticas de planeación financiera . En el manejo de los excedentes las entidades deberán adoptar herramientas gerenciales, entre las cuales darán prioridad a la implantación y utilización permanente del flujo de caja para la toma de decisiones, y en éstas deberá primar la atención de los compromisos derivados del desarrollo del objeto de cada organismo, frente a la generación de excedentes para realizar operaciones de tesorería.
Decreto 648 de 2001 →Vigente
Artículo 21
Políticas De Planeación Financiera
Decreto 648 de 2001 · por el cual se reglamenta la inversión de los excedentes de liquidez de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta con régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.