Micelio

Artículo 7

Recaudos

Ley 66 de 1982 · Por medio de la cual se autoriza la emisión de la estampilla "Pro-Facultad de Medicina de la Universidad del Tolima" y se establece su destinación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recaudos por la venta de la estampilla estarán a cargo de l a Secretaría de Hacienda Departamental y las tesorerías municipales, de acuerdo a la ordenanza que la reglamenta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 66 de 1982