Micelio

Artículo 9

La Junta Ordenara Preferentemente El Pago De Los Auxilios Que Reconozca A Aquellos Que, A Su Juicio Y De Acuerdo Con Las Documentaciones Allegadas, Se Encuentren En Mayor Estado De Pobreza

Decreto 2565 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 31 de 1944, en cuanto concede un auxilio a los damnificados por el incendio ocurrido Palestina Caldas, el día 21 de agosto 1942

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La junta ordenara preferentemente el pago de los auxilios que reconozca a aquellos que, a su juicio y de acuerdo con las documentaciones allegadas, se encuentren en mayor estado de pobreza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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