Micelio

Artículo 14

Contenido Del Sistema De Información Del Servicio Público De Empleo

Decreto 722 de 2013 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Empleo, se conforma la red de operadores del Servicio Público de Empleo y se reglamenta la actividad de intermediación laboral.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo . El sistema de información compilará la información relativa al funcionamiento del mercado de trabajo, a las políticas activas y pasivas de empleo, oferta de formación profesional, condiciones y requerimientos ocupacionales, medidas de protección al cesante, programas de fomento al emprendimiento, incentivos y estímulos para la generación de empleo, instituciones autorizadas para la prestación de servicios de empleo, entre otras. El sistema debe garantizar el acceso a trabajadores y empleadores, a la información disponible que contribuya a su encuentro, a través de un prestador del Servicio Público de Empleo, con las restricciones que establezcan las leyes y los reglamentos. CAPÍTULO III De los prestadores del servicio público de empleo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 722 de 2013